El Acuerdo de artista CD Baby se actualizó:
el 2 de junio de 2022.
Esto es lo que cambió:
• Acuerdo de artista, Sección 2 - “Autorización”
Los derechos de sincronización y una referencia a las plataformas del licenciatario se agregaron a la sección 2(b) para garantizar que la música de los artistas de CD Baby continúe siendo promocionada a medida que evoluciona el panorama de los derechos musicales. Esto no es lo mismo que optar por la sincronización tradicional. Eso sigue siendo opcional y requiere que opte por el Anexo de sincronización.
• Acuerdo de artista, Sección 4 - "Condiciones de Pago"
No hubo cambios en las condiciones de pago, aparte de consolidarlas todas en un solo lugar bajo 4(h).
• Acuerdo de artista, Sección 16 - "Indemnización"
Nuestros socios de distribución ofrecen cada vez más formas para que sus usuarios disfruten de la música más allá de escucharla. Por ejemplo, crear videos de formato corto y otros proyectos similares. Actualmente afirmas que tienes todos los derechos necesarios para distribuir el contenido que envías a través de tu cuenta de CD Baby, e indemnizas a CD Baby contra cualquier reclamo en contrario. Los cambios a esta sección extienden esa indemnización a nuestros socios de distribución y sus clientes por usos legítimos de su contenido.
• Acuerdo de artista, Sección 21 - "Definiciones Conceptuales"
Actualizamos la definición de (m) Cantidad mínima (familiarmente conocido como el monto mínimo de pago de CD Baby). Anteriormente, la cantidad mínima era de $10,00 y la elección de establecer el monto mínimo de pago más alto dependía de usted. Este cambio nos permite aumentar su monto mínimo de pago si es necesario para cumplir con el mínimo regulatorio de nuestro socio bancario para enviarle pagos a través del método de pago que seleccionó.
• Anexo de Servicios de Envío, Sección 4 – “Pago por Ventas de Productos Físicos”
No hubo cambios, aparte de condensar y mover este lenguaje a la Sección 4 del Acuerdo de artista.
• Anexo de Distribución Digital, Sección 2 - "Concesión Adicional"
Revisamos los derechos otorgados en los párrafos (a) - (e) para identificar de manera más explícita los derechos específicos otorgados y permitir la entrega de contenido a socios con nuevas ofertas de productos, como videos de formato corto y ofertas audiovisuales. Por ejemplo, videos creados por el usuario para usar en una plataforma asociada en lugar de ubicaciones de sincronización tradicionales y jukeboxes. Agregamos el párrafo (f) para dar cuenta de la entrega de contenido a los socios con ofertas de nuevos productos, como mezclas de DJ creadas por el usuario. Por último, agregamos el párrafo (j) para garantizar que los clientes de nuestros socios de distribución también obtengan estos derechos necesarios.
• Anexo de Distribución Digital, Sección 3 – “Servicios de Administración de los Derechos de Reproducción Digital”
Reformateamos y aclaramos las instrucciones para que quede claro cómo optar por no participar en el cobro de Derechos de Reproducción Digital.
• Anexo de Distribución Digital, Sección 4 - "Sus Pagos"
Condesamos y trasladamos el texto del párrafo (d) a la Sección 4 del Acuerdo de Artista.
• Anexo de Distribución de Sincronización, Sección 2 - "Concesión adicional"
Revisamos este lenguaje para mayor claridad y para reubicar las concesiones de derechos desde dentro de las definiciones al Anexo de Distribución de Sincronización, Sección 3.
• Anexo de Distribución de Sincronización, Sección 3 - "Conseción adicional"
Revisamos esto rompiendo el lenguaje de concesión de derechos que anteriormente estaba contenido en las definiciones de "Sincronizada" y "Representar" en viñetas discretas para brindar más claridad y garantizar que los clientes de nuestros socios de distribución también obtengan los derechos necesarios para usar los productos de nuestros socios.
• Anexo de Distribución de Sincronización, Sección 4: "Derechos de Administración del Número de Identificación del Contenido Exclusivo"
Revisamos este lenguaje para identificar explícitamente los derechos que se otorgan a CD Baby para la administración de Content ID cuando el contenido está incluido en el Anexo de Sincronización.
• Anexo de Distribución de Sincronización, Sección 5 - "Término"
Agregamos un texto que aclara que si retira su consentimiento a este acuerdo, en última instancia, es su responsabilidad hacer cumplir las eliminaciones de los sitios web asociados si retrasan la eliminación de contenido después de recibir una notificación de eliminación de CD Baby. Quedará a nuestra discreción continuar con estas eliminaciones en su nombre.
• Anexo de Distribución de Sincronización, Sección 6 - "Pago"
Revisamos este lenguaje para permitir deducciones de costos razonables no generales o gastos incurridos con la administración del contenido para Sincronización de CD Baby. Por ejemplo, la retención de impuestos requerida. Resumimos los términos de pago y trasladamos el lenguaje de los términos de pago a la Sección 4 del Acuerdo de Artista.
• Anexo de Distribución de Sincronización, Sección 10: "Indemnización"
Condensamos y trasladamos el lenguaje de indemnización a la Sección 16 del Acuerdo de Artista.
• Anexo de Administración Editorial, Sección 5 - "Pago del Ingreso Neto; Estado de Cuentas"
Condensamos las condicioness de pago y movimos el lenguaje de los términos de pago a la Sección 4 del Acuerdo de Artista.
el 27 de enero de 2022.
Esto es lo que cambió:
ACUERDO DE ARTISTA CD BABY
- Notificación, Modificación y Rescisión: Modificamos las disposiciones de notificación que se encuentran en el tercer párrafo de la primera página del Acuerdo de artista y en la Sección 9. Previamente, nos exigimos enviar una notificación con 15 días de anticipación por correo electrónico en caso de cualquier cambio material. En lugar de enviar un correo electrónico y ocupar espacio en su bandeja de entrada, le notificaremos de cambios sustanciales (1) a través de un aviso emergente en su tablero de cuenta y (2) cambiando la fecha en la parte superior del Acuerdo de artista. Cambiamos el lenguaje sobre cómo rescindir si no acepta los cambios hasta la Sección 9, para mayor claridad.
- Derecho de eliminación: revisamos el lenguaje en la Sección 10 (b) para aclarar que tenemos el derecho de eliminar contenido por cualquier motivo e incluimos ejemplos actualizados de por qué eliminaríamos contenido. También agregamos lenguaje que nos otorga el derecho a congelar cuentas y pagos hasta que se obtenga una resolución satisfactoria para evitar el pago de fondos a titulares de cuentas fraudulentos, infractores o abusivos. Además, incluimos el requisito de que cualquier tarifa que incurramos debido a las actividades fraudulentas del titular de la cuenta se deducirá del dinero pagadero a dicho titular de la cuenta. Eliminamos el lenguaje relacionado con proporcionarle un crédito en caso de eliminación, ya que no es nuestra práctica ofrecer créditos, y agregamos un lenguaje que nos permite proporcionarle un reembolso en su lugar. Finalmente, incluimos un lenguaje que deja en claro que no pagaremos regalías acumuladas a través de la explotación fraudulenta o abusiva de su contenido.
- Elección de la ley: Cambiamos la elección de la ley de California a Oregon.
ANEXO DE ADMINISTRACIÓN EDITORIAL
- Concesión de derechos: Modificamos la concesión de derechos en la Sección 1 (a) para aclarar que si no podemos registrar sus composiciones con su PRO, es su responsabilidad registrar sus obras y cobrar sus regalías de dicho PRO. Además, agregamos un lenguaje que establece que si nos afiliamos con su PRO en el futuro, debe proporcionar las cartas poder necesarias para que administremos su cuenta reclamando obras existentes, registrando nuevas obras y recaudando ingresos editoriales para usted.
- Pago: Eliminamos el lenguaje relacionado con los pagos trimestrales. No hicimos ningún cambio con respecto a la metodología de pago, aún recibirá el pago cuando el monto en su cuenta alcance el nivel que designe en su cuenta.
- Cambios: Eliminamos el lenguaje de lo que antes era la Sección 7 para eliminar la redundancia; los términos relacionados con los cambios y modificaciones en el Acuerdo de artista principal se aplican a todos los Anexos.
- Ley aplicable: Eliminamos el texto del final de la Sección 9, Otras Disposiciones, para eliminar la redundancia; los términos relacionados con la elección de la ley en el Acuerdo de artista principal se aplican a todos los Anexos.
El Acuerdo de artista CD Baby se actualizó previamente en:
el 9 de noviembre de 2021.
Se han realizado dos cambios:
1. CAMBIO DE IMPUESTOS
Lenguaje anterior de impuestos: CD Baby usará medios razonables para cobrar las ventas y otros impuestos que le pertenecen por la venta de su contenido ("Impuesto de ventas"), y para remitir dicho impuesto de ventas a su nombre a las autoridades de gobierno relevantes. Con independencia de lo anterior, en todos los eventos, usted reconoce y acuerda que es el responsable en última instancia del pago de cualquier impuesto de ventas que le pertenezca por la venta o distribución de su contenido relacionado con este acuerdo, y por el presente, indemnizar a CD Baby por cualquier impuesto de venta que le pueda pertenecer aparte de esas cantidades cobradas y remitidas a su nombre por CD Baby.
Lenguaje actual de impuestos: CD Baby usará medios razonables para cobrar impuestos e retenciones de las ventas y federales, estatales, locales o extranjeras u otros impuestos que le pertenecen por la venta de su contenido ("Impuesto"), y para remitir dicho Impuesto a su nombre a las autoridades de gobierno relevantes. Con independencia de lo anterior, en todos los eventos, usted reconoce y acuerda que (i) el pago por parte de CD Baby de cualquier cantidad al usuario en virtud del presente Acuerdo, incluidos los derechos de autor por su Contenido con licencia en virtud del presente Acuerdo, está condicionado a su cumplimiento de todas las obligaciones descritas en el presente acuerdo y a la recepción por parte de CD Baby de su formulario W-9 de impuestos federales de EE.UU. debidamente cumplimentado o, en su caso, del formulario W-8 de impuestos federales, (ii) CD Baby tendrá derecho a retener de cualquier cantidad pagadera a usted en virtud de este Acuerdo cualquier Impuesto, cargo y tasa gubernamental que CD Baby deba retener, (iii) usted es el responsable en última instancia del seguimiento y pago de cualquier Impuesto, carga y tasa gubernamental que se deba en relación con la venta o distribución de su Contenido conforme a este acuerdo, incluyendo, sin limitación, cualquier tarifa, impuesto sobre el valor añadido o tasa gubernamental, y por la presente indemniza a CD Baby por cualquier Impuesto, carga y tasa gubernamental que se deba además de las cantidades recaudadas y remitidas en su nombre por CD Baby. Usted será responsable de cualquier coste, gasto y responsabilidad que podamos pagar o incurrir como resultado de cualquier información fiscal o financiera incorrecta, inexacta o tergiversada proporcionada por usted.
2. CAMBIO EN LA CANCELACIÓN DEL ANEXO EDITORIAL
Lenguaje anterior de la cancelación del Anexo Editorial: El período inicial del presente Anexo Editorial comenzará en el momento en que el/la usuario/a se registre en los Servicios Editoriales (ya sea específicamente suscribiéndose a los Servicios Editoriales o mediante un paquete que incluya los Servicios Editoriales) y se extenderá durante un año (el “Período Inicial”) salvo que CD Baby decida finalizarlo en la manera establecida más abajo. A partir de ahí, el período se renovará trimestralmente de manera automática (esto es, por un período adicional de tres meses) (cada uno un “Período de Renovación”) salvo que el/la usuario/a decida finalizarlo antes de acabar el trimestre anterior enviando un email con el asunto CANCELACIÓN DEL CD BABY PRO a publishing@cdbaby.com con la solicitud de cancelación junto a tu dirección de email y tu ID de usuario/a de CDB (un “Aviso de Cancelación”). Así, tomados en su conjunto el Período Inicial y todos los Períodos de Renovación constituirán el “Período”. Con independencia de cuándo envíe el/la usuario el Aviso de Cancelación, la terminación del Período no tendrá efecto hasta el final del Período en el que se haya enviado el aviso. No se abonará ningún tipo de cargos adicionales de Registro por los Períodos de Renovación.
Lenguaje actual de la cancelación del Anexo Editorial: El período inicial del presente Anexo Editorial comenzará en el momento en que el/la usuario/a se registre en los Servicios Editoriales (ya sea específicamente suscribiéndose a los Servicios Editoriales o mediante un paquete que incluya los Servicios Editoriales) y se extenderá durante un año (el “Período Inicial”) salvo que CD Baby decida finalizarlo en la manera establecida más abajo. A partir de ahí, el período se renovará trimestralmente de manera automática (esto es, por un período adicional de tres meses) (cada uno un “Período de Renovación”) salvo que el/la usuario/a decida finalizarlo antes de acabar el trimestre anterior enviando una solicitud a través del formulario del Centro de Ayuda de CD Baby Pro Editorial, seleccionando la opción "Cancelar mi servicio de administración de CD Baby Pro" en el menú desplegable "Seleccione lo que necesita ayuda" y completando todos los campos requeridos, incluyendo el nombre de usuario de la cuenta, la dirección de correo electrónico en el archivo, el nombre del artista y el título de la presentación como se pide en el formulario (un “Aviso de Cancelación”). Así, tomados en su conjunto el Período Inicial y todos los Períodos de Renovación constituirán el “Período”. Con independencia de cuándo envíe el/la usuario el Aviso de Cancelación, la terminación del Período no tendrá efecto hasta el final del Período en el que se haya enviado el aviso. No se abonará ningún tipo de cargos adicionales de Registro por los Períodos de Renovación.
Comentarios
0 comentarios
El artículo está cerrado para comentarios.